viernes, 24 de diciembre de 2010

Regulación de los Ingresos de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado

El 18 de diciembre el Ejecutivo ha presentado un Proyecto de Ley que Modifica la Ley N° 28212, Ley que desarrolla el artículo 39° de la Constitución Política en lo que se refiere a la jerarquía y remuneraciones de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado.


El primero de abril del 2004, el Congreso de la República dictó la Ley N° 28212 Ley que desarrolla el artículo 39° de la Constitución Política en lo que se refiere a la Jerarquía y Remuneraciones de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado, en la que se precisa jerarquía de los altos funcionarios y autoridades del Estado, creación de la Unidad Remunerativa (URSP) del Sector Público cuyo monto será fijado por el Poder Ejecutivo, precisandose que el Presidente de la República tiene la más alta remuneración en el servicio de la Nación y que dicha remuneración no será mayor a 10 URSP; asimismo, que al concluir su mandato recibe, en forma vitalicia, una pensión igual a la remuneración de un Congresista de la República en ejercicio.


El Decreto de Urgencia N° 038-2006 estableció Topes de Ingresos para los funcionarios o servidores públicos, así, con excepción del Presidente de la República no podrán percibir ingesos mensuales mayores a 6 Unidades de Ingreso del Sector Público salvo en los meses de julio y diciembre. Así, mediante Decreto Supremo N°082-2010-PCM, publicada el 14 de agosto del 2010, se fija en S/. 2,600.00 Nuevos Soles, el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público para el año 2011.
Los aspectos que modifica el proyecto es entre otros el cambio de denominación, tal y como lo estableció el Decreto de Urgencia N° 038-2006 "Unidad de Ingreso del Sector Público" -UISP-; asi también, se incluye al Presidente del Poder Judicial, el Presidente del Tribunal Constitucional, el Presidente del Consejo Nacional, el Fiscal de la Nación, el Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, el Presidente del Banco Central de Reserva del Perú, al Superintendente de Banca, Seguros y AFPs, y al Defensor del Pueblo se lo señala por error dos veces.

Para los fines de la Convención Interamericana contra la Corrupción, se entiende por "función pública" "toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona natural en nombre del Estado o al servicio del Estado o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos"; y por "funcionario público", "oficial gubernamental " o "servidor público": cualquier funcionario o empleado del Estado o de sus entidades, incluidos los que han sido seleccionados, designados o electos para desempeñar actividades o funciones en nombre del Estado o al servicio del Estado, en todos sus niveles jerárquicos".

sábado, 11 de diciembre de 2010

"...tengamos gratitud",.....

"Así que, recibiendo nosotros un reino inconmovible, tengamos gratitud, y mediante ella sirvamos a Dios agradándole con temor y reverencia;" (Hebreos 12:28)
La gratitud es una acción, producto del reconocimiento personal de un favor recibido de alguna persona. La Biblia nos enseña en varios pasajes acerca de la gratitud mostrada por personas que recibieron algún favor de parte de Dios; tenemos el caso de la sanidad que Jesús obra en la suegra de Pedro, después de ello dice la Biblia " y ella les servía"; "y algunas mujeres que habían sido sanadas de espíritus malos y de enfermedades: María, que se llamaba Magdalena, de la que habían salido siete demonios, Juana, mujer de Chuza intendente de Herodes, y Susana, y otras muchas que le servían de sus bienes."(Lucas 8: 11).
El caso de los diez hombres leprosos que fueron sanados por Jesús, de los cuales solamente uno de ellos, tuvo una acción de agradecimiento, dice la Biblia en Lucas 17: 15 que "volvió, glorificando a Dios a gran voz, y se postró rostro en tierra a sus pies, dándoles gracias;" Jesús, dijo: ¿No son diez los que fueron limpiados? Y los nueve, ¿dónde están?
Que importante es ser agradecidos!

jueves, 2 de diciembre de 2010

Aseguramiento Universal


Aseguramiento Universal - Crédito

Con fecha 25 de noviembre del 2010, se publicó en el diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo Nº 034-2010-SA en la que se “Aprueban mecanismos conducentes a la afiliación obligatoria del Aseguramiento Universal en Salud”; cuyo objeto es establecer los mecanismos conducentes a la afiliación obligatoria del Aseguramiento Universal en Salud, así como para la progresividad de su implementación, con miras a la incorporación bajo su ámbito de protección, de toda la población residente en el territorio nacional, de toda la población residente en el territorio nacional, sin ninguna discriminación en todas las etapas de su vida.
La norma establece la obligatoriedad de todas las personas residentes en el territorio nacional de afiliación obligatoria del aseguramiento universal en salud.
Según el artículo 5º de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, Ley Nº 29344, el aseguramiento universal tiene las siguientes característica de ser obligatorio, progresivo, garantizado, regulado, descentralizado, portable, transparente y sostenible. En este contexto, las población residente en el país deberá acreditar su afiliación al Aseguramiento Universal en Salud, previamente cuando:
Realiza trámites administrativos ante los agentes vinculados al proceso de Aseguramiento Universal en Salud;
Obtener desembolsos de créditos del sistema financiero, cualquiera sea su monto;
Inscribirse o renovar su inscripción en el Registro Nacional de Proveedores a cargo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE); y
Obtener subvenciones financiadas con cargo a fondos públicos.
Agentes vinculados al proceso de aseguramiento universal en salud:
Ministerio de Salud;
Instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud: Seguro Integral de Salud, EsSalud, Sanidades de las Fuerzas Armadas, Sanidad de la Policía Nacional del Perú, Entidades Prestadoras de Salud, Compañías de Seguros Privados de Salud, Entidades de Salud que ofrecen servicios de salud prepagadas, Autoseguros y fondos de salud y otras modalidades de aseguramiento públicos o mixtos distintas a las señaladas.
Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud.
En este sentido, se estaría condicionando el otorgamiento de créditos por el sistema financiero peruano a contar con un seguro, así como, la contratación con el Estado como proveedor, solamente aquellos que cuentan con un seguro.
El Presidente de la República considera que “Es necesario que todos los peruanos tengan un seguro” y, que “es un derecho básico”; declaraciones que no suenan bien a la Asociación de Bancos del Perú, que considera que el Decreto Supremo en referencia afecta el avance de la bancarización en el Perú.

miércoles, 1 de diciembre de 2010

Prohibición de pago de indemnización !!

El caso: Barrios, ha generado la presentación de una propuesta legislativa por el partido de gobierno.

Proyecto de Ley presentado el 29 de noviembre del 2010, prohíbe el pago de indemnización por Despido Arbitrario por conclusión de designación para desempeñar cargos de confianza en las Entidades de la Administración Pública.

La propuesta legislativa dice que la conclusión de la designación para desempeñar cargos de confianza en las entidades de la administración pública no constituye despido arbitrario; por tanto, esta prohibido el pago de una indemnización, bajo responsabilidad civil, penal y administrativa.

De la misma forma establece la obligación de los funcionarios y servidores públicos que desempeñan un nuevo cargo de confianza en la administración pública, de presentar su renuncia irrevocable al cargo que vienen ejerciendo, el mismo día de su designación bajo responsabilidad.

Es urgente que la Contraloría General de la República, pueda supervisar mejor a las entidades en las que se podrían encontrar casos similares.

martes, 30 de noviembre de 2010

Presupuesto Público para el Año Fiscal 2011

Constitución Política del Perú
Artículo 16.-
“Tanto el sistema como el régimen educativo son descentralizados.
El Estado coordina la política educativa.
(…)
"Se da prioridad a la educación en la asignación de recursos ordinarios del Presupuesto de la República".

Presupuesto para Educación
Año 2011: S/. 13, 186 Millones de Nuevos Soles
Año 2010: S/. 11,719 Millones de Nuevos Soles

Importante: Inversión en capacitación de docentes:
Por Decreto Supremo Nº 007-2007-ED se crea el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente, responsable de desarrollar las acciones conducentes a mejorar la formación en servicio de los profesores de las instituciones educativas públicas a nivel nacional. En el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se autoriza al Ministerio de Educación a otorgar una asignación económica excepcional por el monto de S/. 250.00 por concepto de gasto de desplazamiento, a favor de los docentes que participen en el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente, creado por el D. S. Nº 007-2007-ED, y una asignación económica excepcional por los montos de S/. 150.00 y S/. 250.00 a los docentes que logren el nivel de suficiente o destacado.

El Ministerio de Educación, a través de la Secretaría de Planificación Estratégica, remite al MEF, las bases de datos con la nómina de docentes que han recibido capacitación y acompañamiento en el período 20047 y 2010, así como los que se tiene previsto atender el año 2011, antes del 31 de marzo del 2011.
Así, en tanto no se remitan estas bases de datos, no puede iniciarse el trámite de la solicitud de transferencia de recursos.

Importante: La homologación de docentes universitario, se asigna en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, la suma de S/. 230 millones para completar el tercer tramo de la homologación; y ampliación y mejoramiento de servicios por un monto de S/. 249 millones para 231 proyectos de inversión pública.

Algo más: Continuidad de Inversiones
Se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar en las Entidades: Gobiernos Regionales, Ministerio de Educación y Ministerio de Salud, los créditos presupuestarios de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios asignados en el año fiscal 2010, que no se hubieran devengado al 31 de diciembre de dicho año para la continuidad de proyectos de inversión pública.

Presupuesto Público para el Año Fiscal 2011


Monto Autorizado: S/88,460´619,913.00

Gobiernos Regionales: S/. 13,839´277,025.00

Gobiernos Locales: S/. 12,027´557,096.00


Queda una agenda pendiente para el próximo gobierno, como es, resolver el tema remunerativo y pensionario de las FF AA y Policía Nacional del Perú; así como, la reestructuración del Sistema Remunerativo en general. El plazo de 180 días para estudiar o remitir un Proyecto de Ley, constituye una justificación para no cumplir con un pedido justo del Sector Defensa y del Interior. Asimismo, el Poder Ejecutivo se compromete para que en un plazo que no debe exceder de 60 días calendario, remita al Congreso de la República para su aprobación, un Proyecto de Ley del trabajador penitenciario que regula la carrera del trabjador penitenciario, así como sus remuneraciones.

La re-centralización de los recursos: es otro aspecto negativo que observamos en las cifras que corresponden a : Gobierno Central S/. 62,732 millones , frente a S/.13, 700 millones para los Gobiernos Regionales y S/. 12, 027 millones para los Gobiernos Locales.


Concentración de los recursos: en la asignación de recursos por ámbito territorial del Gobierno Nacional y Gobierno Regional de la Función salud; Lima presenta la mayor concentración de recursos, su asignación representa el 47,5% del total de la función y; porcentajes menores del 3%, a departamentos con problemas de extrema pobreza. En la función agricultura, Lima presenta una alta participación (25,5%) respecto a la asignación global de la Función, entre otros.

domingo, 28 de noviembre de 2010

Libro de Santiago. 1:8



"El hombre de doble ánimo es inconstante en todos sus caminos".

El hombre de doble ánimo es una persona arrastrada en dos direcciones opuestas. Sus lealtades están divididas, y a causa de su falta de sinceridad, vacila entre la fe y la incredulidad, pensando algunas veces que Dios le ayudará y renunciando en otras ocasiones a toda esperanza.

domingo, 21 de noviembre de 2010

Eclesiastés



Busca agradar a Dios en todo lo que hagas.
Trata de encontrar gozo en tu trabajo y en tu vida diaria.
Evita la prisa o la impaciencia. Conoce que Dios nunca se apresura. No tomes decisiones importantes conturbado de espíritu.
Determina obedecer a aquellos que tiene autoridad sobre ti.

Proverbios 10: 14; 16:24; 17: 27, 28

Ten cuidado en lo que digas. Mide cada palabra. No hables a menos que sea importante lo que vayas a decir. Habla sólo para edificar y fortalecer a quienes te escuchan. Sé diligente en tu trabajo.

jueves, 16 de septiembre de 2010

martes, 7 de septiembre de 2010

GRATITUD


PROGRAMA PILOTO DE ASISTENCIA SOLIDARIA
GRATITUD - D.U. 059-2010

Según información proveniente de la Encuesta Nacional de Hogares ‐ ENAHO 2009, emitida en el mes de mayo del presente año, el 12,5% de la población de adultos a partir de los setenta y cinco (75) años de edad se encuentra en condición de extrema pobreza, y como consecuencia de ello está expuesta a riesgos de salud física y mental, deficiente alimentación y nutrición, precariedad económica y abandono;

La situación de vulnerabilidad social descrita, resulta necesario y urgente establecer un mecanismo de asistencia y protección para este grupo social especialmente excluido de los programas sociales existentes, a través del otorgamiento de transferencias monetarias directas sin las cuales dicha población objetivo no podría asegurar las condiciones básicas para su subsistencia.

Objetivo: Transferir, de manera directa, subvenciones económicas a los adultos a partir de los setenta y cinco (75) años de edad.
Monto de la Subvención Directa: S/. 100 nuevos soles.
Ámbito de intervención del Programa: los departamentos de Apurímac, Ayacucho y Huancavelica; y algunos distritos de Lima Metropolitana.
Duración del Piloto: del 28 de agosto al 31 de diciembre del 2010.
Requisitos:
Tener 75 años de edad a más y contar con su DNI.
Situación de pobreza y extrema pobreza
Apurímac, Ayacucho y Huancavelica; formar parte de los hogares que integran Juntos
Lima metropolitana y Callao; identificados por el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)
No recibir pensiones de ONP
No estar en Essalud
No recibir ayuda de ningún Programa Social a excepción del SIS.

INSTITUCIONES QUE PARTICIPAN DEL PILOTO:
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – INABIF.
Presidencia del Consejo de Ministros – JUNTOS.
Ministerio de Economía y Finanzas – SISFOH.
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC
ALIANZAS CON OTROS MINISTERIOS:
Ministerio de Salud.
Ministerio de Justicia.


lunes, 6 de septiembre de 2010

SBS ANUNCIA PRÓXIMO LANZAMIENTO DE LA REGULACIÓN PARA INICIAR LA BANCA MÓVIL

07-05-2010
Uso de celulares para realizar operaciones bancarias permitirá incrementar el nivel de bancarización.
El Superintendente de Banca, Seguros y AFP, Felipe Tam Fox, anunció el próximo lanzamiento de la regulación para la banca móvil, que permitirá extender los servicios financieros a más peruanos, especialmente aquellos que se encuentran en las zonas rurales o más alejadas del país, donde no existe mayor presencia de entidades del sistema financiero.
En declaraciones realizadas en México, al canal internacional de noticias por cable, CNN en español, Felipe Tam, quien se encuentra participando del Foro del BID "RemesAméricas - Remesas para el futuro", explicó que con la nueva regulación se permitirá el uso de las líneas telefónicas celulares para realizar operaciones y transacciones bancarias.
El superintendente, sostuvo que este mayor alcance de los servicios financieros contribuirá a elevar el nivel de bancarización. "Actualmente, el uso de telefonía celular bordea el 80%, mientras el índice de bancarización esta cercado al 26%, lo que muestra un gran potencial en el uso de celulares, que si es bien aprovechado puede ayudar a incrementar el nivel de bancarización", comentó.
Asimismo, Felipe Tam Fox señaló que no obstante el reto de la bancarización en nuestro país es grande, ya que cerca de un 40% a 50% de la población económicamente activa no utiliza el sistema financiero, en los últimos años se ha ido trabajando en materia de regulación con el objetivo de simplificar los productos y servicios financieros de tal modo que puedan ser de más fácil uso y acceso para los usuarios.
Añadió que la nueva regulación involucraría la creación de empresas de dinero electrónico, supervisadas por la SBS, así como facilidades para la oferta de cuentas bancarias básicas, sin cargos ni comisiones, que tendrán como objetivo beneficiar al usuario final. Esto a su vez, conlleva todo un esfuerzo de orientación al público usuario que se enmarca en promover una mayor protección al consumidor y transparencia de mercado. Tal es así que, recientemente la SBS ha eliminado 11 cobros de comisiones que realizaban los bancos a sus clientes como el pago por el desembolso de un crédito, el cobro por la emisión y envio de estados de cuenta, la evaluación crediticia, entre otros.
El Superintendente de Banca, Seguros y AFP señaló que la meta inicial que se espera alcanzar con la entrada en vigencia de esta nueva regulación será llegar a un 20% del total de la población no bancarizada. Asimismo, esto será reforzado con el Plan Nacional de Educación Financiera que se viene emprendiendo en los últimos años en estrecha coordinación con otras entidades como el Ministerio de Educación.
Lima, mayo de 2010
Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional
Cuál es su opinión ?

sábado, 4 de septiembre de 2010

Cuando el valor de la moneda sufre alteraciones ...

El artículo 1235 señala :
"No obstante lo establecido en el artículo 1234, las partes pueden acordar que el monto de una deuda contraída en moneda nacional sea referido a índices de reajuste automático que fije el Banco Central de Reserva del Perú, a otras monedas o a mercancías, a fin de mantener dicho monto en valor constante.
El pago de las deudas a que se refiere el párrafo anterior se efectuará en moneda nacional, en monto equivalente al valor de referencia, al día del vencimiento de la obligación.
Si el deudor retardara el pago, el acreedor puede exigir, a su elección, que la deuda sea pagada al valor de referencia al día del vencimiento de la obligación o al día en que se efectúe el pago."
El sentido de la norma es actualizar una deuda a valores reales; esto no significa que se aumenta o se altera; sino se la corrige, porque sin duda el impacto inflacionario la ha afectado.
Los índices de reajuste pueden ser el índice de precios al consumidor, el índice de precios al por mayor entre otros.
Asimismo, las partes de un contrato pueden pactar que una deuda contraída en moneda nacional sea referida a:
  • Otras monedas "fuertes" (como el euro, la libra);
  • Mercancías (como el petróleo, cobre, trigo); cuando el bien de referencia es una mercancía la cláusula se denomina "cláusula valor mercancía";
  • "Cláusula valor oro" cuando la deuda a pagar se la pone en relación con el valor del oro en el momento en que se ha realizar el pago.
El pago se realiza en moneda nacional, esto es, moneda de curso legal.

NOMINALISMO Y VALORISMO


El ideal de toda economía es mantener el valor de su moneda. Mientras otros países sufren la depreciación de sus monedas (p. ej. el peso argentino, el dólar frente al euro), la moneda peruana se ha fortalecido. El ente emisor según sus reportes en el año 2008 ha inyectado mayor liquidez a la economía debido al crecimiento del PBI.


El artículo 1234 del Código Civil dice: "El pago de una deuda contraída en moneda nacional no podrá exigirse en moneda distinta, ni en cantidad diferente al monto nominal originalmente pactado". Esto significa que la ejecución de la prestación deberá necesariamente efectuarse en moneda nacional y; el artículo se refiere al principio nominalista en el cumplimiento de las obligaciones dinerarias.


Debemos destacar que tanto el nominalismo como el valorismo reconocen el concepto jurídico del dinero.


¿Qué ocurre con la aplicación de la Teoría Nominalista en épocas de hiperinflación?


¿Constituyen una excepción al Nominalismo los artículos 1235 y 1236 del Código Civil Peruano? Por qué ?

viernes, 20 de agosto de 2010

Economía, precios




Diario Oficial El Peruano del día viernes 20 de agosto del 2010
GARANTÍA. MINAG ASEGURÓ QUE EL MERCADO PERUANO ES ESTABLE Y SE ENCUENTRA PLENAMENTE ABASTECIDO
El costo externo del trigo no afectará precio del pan; fueron las declaraciones del Ministro De Córdova al comprobar la estabilidad de precios en el mercado local. El ministro considera que los precios del pan y de los derivados del trigo (fideos entre otros) no deben subir de precio, puesto que el precio del trigo descendió de $299.00 a $278 por tonelada.
Asimismo, informó que el precio del saco de harina de trigo el año pasado era de S/. 83.00 y actualmente es de S/. 78.00.
En cuanto a los precios del arroz superior, sufrió un descenso de S/. 78.00 a S/. 76.00 y; el arroz corriente disminuyó su precio de S/. 79.00 a S/. 68.00 nuevos soles.
Nuestro país importa el 87% de trigo duro de los siguientes países proveedores: Canadá (39%), Estados Unidos de Norteamérica (24%), Argentina (24%) y Rusia (9%) sin embargo, este país sufre problemas de sequia por lo cual planea importar este insumo.

jueves, 19 de agosto de 2010


LIBRO "LECCIONES DE DERECHO MONETARIO" BRINDA IMPORTANTES CONOCIMIENTOS A ESTUDIANTES DE LOS CURSOS DERECHO MONETARIO DE NUESTRAS UNIVERSIDADES
La mesa de honor estuvo compuesta por el Dr. Dominguez Sáenz Yaya, Decano de la Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Financieras de la USMP; Dr. Roberto Keil Rojas, Jefe del Departamento Académico y Profesor Principal de la Facultad de Derecho y Ciencia Política; Mag. Víctor Loret de Mola, Director del Instituto de Investigación de la Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Financieras; la Dra. Emma Castro Quezada, Docente de la Facultad de Derecho y el Dr. Luis Ludeña Saldaña, Director de la Escuela Profesional de Economía.

martes, 17 de agosto de 2010

Inflación



Según el artículo 84 de la Constitución Política del Perú la finalidad del Banco Central de Reserva preservar la estabilidad monetaria del país.
La inflación es el alza generalizada y sostenida de todos los precios de los bienes y servicios en una economía; ocurre que la inflación afecta las funciones del dinero (medio de cambio, unidad de cuenta y depósito de valor).
La inflación distorsiona los precios en una economía, genera incertidumbre en los agentes económicos y desalienta la inversión privada.
El cumplimiento de la meta inflacionaria a cargo del BCR, se mide de manera continua utilizando el IPC (Índice de precios al consumidor). La meta de inflación es 2,0% con un margen de tolerancia de un punto hacia abajo y hacia arriba.
Según el BCR las cotizaciones internacionales de los commodities se han venido recuperando hasta aproximadamente abril del presente año y, a diferencia de la mayoría de commodities el precio del oro mostró una tendencia alcista, debido a su demanda como activo de refugio y reserva de valor.
En cuanto al cobre, aumentó en los primeros meses del presente año y la cotización del zinc siguió el mismo camino ascendente entre enero y abril para luego caer. El precio del petróleo en el año 2009 acumuló un incremento y este año se llegó a cotizar en el mes de abril de este año en USA $ 81 por barril; esto en un contexto de expectativas de recuperación de la demanda mundial, restricciones de producción y problemas en los países productores.
En cuanto al trigo en lo que va del presente año ha mantenido su tendencia descendente debido a la oferta abundante en el mercado. Refiriendonos al maíz la mayor demanda por China ha venido incrementando paulatinamente el precio; lo mismo pasa con el aceite de soya. En lo referente a la cotización del azúcar se ha mantenido su cotización descendente puesto que la producción de los países productores como India y Brasil ha mejorado.
En la zona de Europa tenemos al Banco Central Europeo y los Bancos Centrales Nacionales de cada país que conforma la euro zona. El objetivo principal del Euro sistema es mantener la estabilidad de precios.
En enero del año 2009 se cumplieron diez años del euro y del Euro sistema. El Banco Central Europeo se creó el 1° de junio del año 1998 y este instituto es el que lidera el Euro sistema y dirige la política monetaria de los países que forman parte de la unión monetaria.


sábado, 14 de agosto de 2010

La expresión del liberalismo clásico


Adam Smith (1723 – 1790); fue un economista y filósofo (filosofía moral comprendía temas de orden económico), escocés, uno de los mayores exponentes de la economía clásica. Se desempeño como interventor de Aduanas y en el año 1778 aceptó el nombramiento de comisario de Aduanas, hasta el fin de sus días (1790).
Su obra: (1776) Ensayo sobre la naturaleza y las causas de la riqueza de las naciones, en la que sostiene que la riqueza procede del trabajo (la división del trabajo, a su vez, se profundiza a medida que se amplía la extensión de los mercado y por ende la especialización). El libro fue esencialmente un estudio acerca del proceso de creación y acumulación de la riqueza, tema ya abordado por los mercantilistas (fuente de riqueza el comercio exterior) y fisiócratas (fuente de riqueza la agricultura). Una particularidad de la obra es el planteamiento de que gracias a la apelación al egoísmo de los particulares se logra el bienestar general.
En cuanto a “La Mano Invisible”, la creencia de Adam Smith en el equilibrio natural de las motivaciones lo llevó a su conocido principio de que, el individuo buscando su propio beneficio y como conducido por una mano invisible alcanza o promueve un fin que no entraba en su propósito.

Los grandes aportes de Adam Smith constituyen:
-La diferenciación clara entre valor de uso y valor de cambio.
-El trabajo es la fuente de la riqueza; esta dependerá para A. Smith del grado de productividad del trabajo y de la cantidad de trabajo útil; esto lo lleva a estudiar la división del trabajo, entendida como especialización de tareas, para reducir los costos de producción.
-Los posibles conflictos entre los dueños de las fábricas y los trabajadores mal asalariados.
-Acumulación de capital como fuente para el desarrollo económico.
-La intervención del gobierno es dañina en los negocios humanos. El gobierno sólo debía intervenir en tres temas: 1) Defensa; 2) Buena administración de justicia; 3) Sostener obras e instituciones públicas que no contarían con la atención del sector privado. Su posición sobre las finanzas públicas y especialmente sobre el gasto público, las considera legítimas pero sin desviarse de su opinión general sobre las funciones del Estado.
-Defensa del mercado competitivo como el mecanismo más eficiente de asignación de recursos.


jueves, 12 de agosto de 2010

Dinero electrónico

El dinero electrónico, dinero electrónico (software – based Money dinero electrónico almacenado bajo un formato de software), dinero o efectivo digital, efectivo electrónico, dinero almacenado en soporte electrónico. También se incluye al dinero plástico, tarjetas de débito, crédito, monederos electrónicos.

Para Mariliana Rico Carrillo dinero electrónico es cualquier modalidad de pago que utilice tecnologías electrónicas, Ej. las tarjetas.

Este tipo de dinero, es decir, el dinero electrónico es aquel que se intercambia a través de medios como el Internet.

La Directiva 2000/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de setiembre del año 2000 define esta nueva forma de pago como un “substitutivo electrónico” de las monedas y billetes, el mismo que ha de encontrarse almacenado en un soporte electrónico (tarjeta inteligente o memoria de un ordenador) y pensado para efectuar pagos electrónicos de menor cuantía.

El Real Decreto 322/2008, de febrero, sobre el régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico, define al dinero electrónico de la siguiente forma:
“Artículo 1º Ámbito de aplicación:
(…)
2. Se entenderá por dinero electrónico el valor monetario representado por un crédito exigible a su emisor:
a) Almacenado en un soporte electrónico.
b) Emitido al recibir fondos de un importe cuyo valor no será inferior al valor monetario emitido.
c) Aceptado como medio de pago por empresas distintas del emisor.”

Existe en el Congreso de la República el Proyecto de Ley Nº 4168/2009 presentado por el Ejecutivo denominado “Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera” el mismo que define el dinero electrónico como sigue:
“Artículo 1º.- El dinero electrónico es un valor monetario representado por un crédito exigible a su emisor, el cual tiene las siguientes características:
a. es almacenado en un soporte electrónico.
b. Es aceptado como medio de pago por entidades o personas distintas del emisor.
c. Es emitido por un valor igual a los fondos recibidos.
d. Es convertible a dinero en efectivo según el valor monetario del que disponga el titular, al valor nominal, en cualquier momento.
e. No constituye depósito y no genera intereses.

El Banco de Pagos Internacionales, da una serie de consideraciones a ser tomadas en cuenta quizá por los consumidores, proveedores y las autoridades que deban tener en cuenta al aplicar y utilizar los denominados productos monetarios electrónicos al elaborar políticas nacionales. Así, se ha descubierto que al público no le gusta pagar por el uso de ese medio en las transacciones pequeñas, para las que se concibe el dinero electrónico.

¿Sería importante considerar el precio (comisiones y cargos) que tendría que pagar el consumidor por el uso de este medio de pago? entre otros como las implicancias en política monetaria.




sábado, 7 de agosto de 2010

Qué dice la Biblia acerca del dinero ?

El dinero tiene un papel muy importante en la vida de las personas, de pueblos y naciones.
Uno de las primeras citas que encontramos en la Biblia está en el libro del Génesis: En Gn.13:2 el ganado, oro y la plata eran usados como dinero (dinero mercancía que tiene un valor en sí mismo - valor intrínseco).
Gn.17:12,13 "Y de edad de ocho días será circuncidado todo varón entre vosotros por vuestras generaciones; nacido en casa, y el comprado por dinero a cualquier extranjero, que no fuere de tu linaje".
"Debe ser circuncidado el nacido en tu casa, y el comprado por tu dinero; y estará mi pacto en vuestra carne por pacto perpetuo."
La práctica de la circunsición fue adoptada para servir como señal de incorporación al pacto de Abraham. En el pasaje citado se habla de personas compradas por dinero y; esto se refiere a una de las funciones del dinero "medio de cambio". El dinero permite el intercambio de forma más ágil y sencilla que el trueque.
La palabra dinero proviene del latín "denarios", nombre de una moneda. Denario era una moneda de plata romana equivalente a la dracma griega; referido al salario, diario de un jornalero (Mt. 20:2). En el evangelio de Marcos 6:37 se hace referencia a la necesidad que se plantearon los discípulos, de tener doscientos denarios (que equivaldría al salario de ocho meses) para alimentar a 5 000 hombres.
Entre algunas monedas de la antiguedad tenemos los pesos judíos: Talento, Siclo, Beka, Gera; monedas persas: Dárico; monedas griegas: Tetradracma, Didracma, Dracma, Leptón (blanca); monedas romanas: Áureo, Denario, Asarion, Cuadrante.
Otra reflexión que nos merece el dinero es que este es inocuo, es decir, inofensivo. no es nocivo. La biblia enseña que lo que extravía al hombre no es el dinero como tal, sino el "amor al dinero". Philarguria, de phileo, amar, y arugros, plata, aparece en 1Timoteo 6:10 "porque raiz de todos los males es el amor al dinero, el cual codiciando algunos, se extraviaron de la fe, y fueron traspasados, de muchos dolores"; entre otros aspectos que se generan por el "amor al dinero" son la avaricia, la codicia, la usura (crecido interés) que nos desvían a las personas y, trae como consecuencia aflicción y perturbación, así como, el abanico de tragedias sociales que todos los días vemos que ocurren a nuestro alrededor; por tanto, para evitar involucrarnos en situaciones que nos afectarian negativamente, la biblia nos enseña el uso correcto de las cosas materiales.

viernes, 6 de agosto de 2010

Liquidez


Liquidez, constituye una cualidad de los activos y, el dinero (efectivo: billetes y monedas) es un activo cien por ciento liquido. Activos menos líquidos que deben ser convertidos para ser dinero, tenemos fondos de pensiones, depósitos en moneda nacional, bonos, edificios, maquinarias, conocidos con el nombre de cuasi dinero.
En el mes de junio en nuestro país, la liquidez total del sector privado en nuestro país creció tanto en moneda nacional como en moneda extranjera.
Según el Banco Central de Reserva el circulante ha crecido debido al mayor dinamismo de la economía como sigue: Enero 18 707; febrero 18 743; marzo 19 122; abril 19 489; mayo 19 721 y junio 19 909.
Por el lado de los depósitos a la vista estos se mantiene, así tenemos en marzo 15 594; abril 14 998; mayo 15 767 y junio 16 833.
En cuanto al cuasi dinero tenemos en el mes de marzo 34 402; abril 34 661; mayo 35 228 y junio 34 868.
Ante las crisis mundiales se deben establecer políticas que generen mejores niveles de liquidez en las economías a fin que estas puedan contrarestar sus efectos, pero con cautela para evitar inflación.

miércoles, 21 de julio de 2010

Riesgos bancarios




Que es Riesgo?
Constituye "peligro", contingencia. Para la SBS "la condición de que exista la posibilidad de que un evento ocurra e impacte negativamente sobre los objetivos de la empresa".

En relación a los Riesgos de Operación en la Banca, procedemos a su definición conforme al Comité de Basilea: "Riesgo de pérdida causado por la falla o insuficiencia de procesos, personas y sistemas internos, o por eventos externos."

El Riesgo Operacional se refiere a fallas que se pueden presentar por inadecuados controles internos o malas decisiones en el ámbito corporativo. Las fallas en las operaciones pueden originar grandes pérdidas financieras por errores humanos, fraudes, incapacidad para responder de manera pronta, negligencia, sabotaje, apropiación de información sensible o hacer que los intereses de la emprea se vean comprometidos de alguna manera. Estos riesgos operacionales pueden ser de conducta, infraestructura y de procedimientos.

La Superintendencia de Banca y Seguros, expide el año 2009 la Resolución Nº 2116-2009, en la que resuelve aprobar el Reglamento para la Gestión del Riesgo Operacional en el que se establece en el artículo tercero "Entiéndase por riesgo operacional a la posibilidad de ocurrencia de pérdidas debido a procesos inadecuados, fallas del personal, de la tecnología de información, o eventos externos. Esta definición incluye el riesgo legal, pero excluye el riesgo estratégico y de reputación".

El denominado "riesgo legal" está referido a la posibilidad de pérdidas debido a fallas en la ejecución de contratos, o también al incumplimiento de normas, cambios regulatorios, entre otros.

Casos emblemáticos tenemos, en el año 1995, el Barings Bank fundado en 1762, entidad que sufre una pérdida de hasta $1,4 billones, por causa fundamental de la escasa supervisión y control para con el trader estrella; otro caso constituye, Daiwa Bank (Japón) con pérdidas de $ 1,1 billones, repitiendose el caso de el trader que era al mismo tiempo portador de libros contables.

viernes, 16 de abril de 2010

FONCOMUN



Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), creado por el Decreto Legislativo Nº 776 modificado por el artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 952, crea el Fondo de Compensación Municipal artículos 81 al 89; la Constitución Política del Perú artículo 196 numeral 5); D. Supremo Nº 006-94-EF que reglamentaba los criterios de distribución; Decreto Legislativo Nº 952 – norma que modifica el Decreto Legislativo Nº 776 y; la nueva estructura del FONCOMUN, aprobada por el Decreto Supremo Nº 060-2010-EF, tiene como innovación el agregar un criterio de gestión municipal correspondiente a dos indicadores: el primero correspondiente a un incentivo por generación de ingresos propios usando la variación de los ingresos propios per cápita y; en segundo lugar priorización del gasto en inversión, utilizando la relación de los gastos en inversión de la fuente FONCOMUN entre los gastos totales de la misma fuente.
En este sentido el Ministerio de Economía y Finanzas tiene como objetivo impulsar el Programa de Modernización Municipal, a través de logro de metas. La determinación de las metas están en función de los objetivos del plan; las metas no son las mismas para todos los distritos. La norma ha clasificado a los distritos en función de sus características, potencialidades y necesidades y; la determinación de las metas se ha realizado tomando en consideración el desempeño de cada distrito.
Se trata de incentivar "la mejora en la gestión municipal" en áreas como mejora en la gestión financiera (efectividad en la recaudación del impuesto predial), clima de negocios (simplificación de trámites en licencias de funcionamiento, licencia de edificación, catastro), clima de negocios (servicios públicos e infraestructura); así como, en la "calidad del Gasto Social"; esto es, se prioricen la ejecución del gasto en Programa Articulado Nutricional, el Sistema de Focalización de Hogares, donde la población objetivo son niños menores de seis años, en aquellas municipalidades pequeñas.

viernes, 9 de abril de 2010

Cuál es tu fundamento?


"Por tanto, el que me oye y hace lo que yo digo, es como un hombre prudente que construyó su casa sobre la roca. Vino la lluvia, crecieron los ríos y soplaron los vientos contra la casa; pero no cayó, porque tenía su base sobre la roca. Pero el que oye y no hace lo que yo digo, es un tonto que construyó su casa sobre la arena. Vino la lluvia, crecieron los ríos, soplaron los vientos y la casa se vino abajo. ¡Fue un gran desastre!

Cuando Jesús terminó de hablar, toda la gente estaba admirada de cómo les enseñaba, porque lo hacía con plena autoridad, y no como sus maestros de la ley." (Mateo 7:24)
La casa representa la vida del hombre y mujer; la lluvia, los vientos, desbordes de ríos que golpean la casa, representan los problemas, dificultades, que vienen sobre la vida de nosotras las personas y, estos problemas que vienen a nuestras vidas, que son muchas veces como cuando una laguna se desborda y produce un gran derrumbe de lodo que puede arrasar todo lo que encuentra en el camino, incluso casas, personas, etc., afectando y ocasionanando un gran desastre en las vidas humanas y en general; esto ocurre cuando las vidas (casas) se encuentran edificadas sobre la arena y no sobre la roca que es Cristo, la Palabra de Vida. La "arena" es una base inadecuada para edificar una casa, sin embargo, la roca que es Cristo, es lo más seguro.

Cristo, es la Palabra Viva, el mensaje más seguro, más confiable, que una persona pueda tener como fundamento, guía a seguir. Así, el texto bíblico enseña que la persona que oye la Palabra y la pone por obra, le compara a un hombre prudente; sin embargo cualquiera que oye la Palabra y no la obedece, le compara a un hombre insensato.
Hay mensajes de toda clase, sentimentales, políticos, humanistas, religiosos, mercantilistas e individualistas que llegan a nuestras vidas.

¿A qué mensaje has decidido obedecer?



lunes, 5 de abril de 2010

Algunos aspectos del Corán

Las prescripciones de contenido jurídico son relativamente poco numerosas, unas 130, relativas al derecho de familia están enunciadas en 70 aleyas, las relacionadas con el derecho civil en otras 70, a las que hay que sumar unas 30 referentes al derecho penal, 13 para los procedimientos jurídicos; 10 para temas relacionados con el derecho constitucional, 25 para las relaciones internacionales, y por último 10 para el sistema económico y financiero. Esta enumeración es aproximativa, pues los expertos coránicos y los ulemas, aún discuten sobre ello, ya que el contenido jurídico de algunas aleyas es discutible y con frecuencia, un mismo precepto concierne simultáneamente a varios ámbitos del derecho.

Las prescripciones relativas al derecho de familia están enunciadas, como hemos dicho en unos 70 versículos; en ellos se hace referencia a temas como:

Herencia:
“ Dios os prescribe, acerca de la herencia de vuestros hijos, dar al varón la legítima de dos hijas. Si no hay más que hijas y éstas son más de dos, les corresponde dos tercios del legado, y si no hay más que una, ésta recibirá la mitad.
En cuanto a los padres del difunto, cada uno tendrá la sexta parte del legado, si él deja un hijo; pero si no deja prole y sus padres le heredan, la madre heredará un tercio; mas si el difunto tiene hermanos, corresponderá a su madre un sexto, después de satisfechos legados y deudas. Por cierto que vosotros ignoráis quienes os serán más beneficiosos, si vuestros padres o vuestros hijos. Ello es una prescripción de Dios; porque es sapientísimo, prudente.
[1]

Adulterio:

“En cuanto aquellas de vuestras mujeres que hayan incurrido en adulterio, apelad a cuatro castigos de los vuestros, y si éstos lo confirman, confinadlas en sus casas hasta que les llegue la muerte o que Dios les depare otro medio de redención.[1]

Repudio a la mujer:
“Si deseáis repudiar a una esposa –a quien hayáis dotado de un tesoro- para caros con otra, no le merméis nada de él. ¿ Seríais capaces de despojarlas por una imputación e iniquidad manifiestas ?[2]

Asimismo, el Corán establece que no se debe contraer matrimonio con las mujeres que desposaron los padres, salvo hecho consumado; porque es considerado una obscenidad, una abominación y un mal ejemplo. También, prohíbe el matrimonio con las madres, con las hijas, con las hermanas, tías, hijas de hermanos (sobrinas), nodrizas, suegras, hijastras, y con aquellas hijas de mujeres con quienes el hombre haya cohabitado; sin embargo establece que si el hombre no ha tenido contacto con ellas no será recriminado si las desposa.

El Corán en materia de matrimonio dice :

“Los hombres son los pastores de las mujeres, porque Dios les prefirió a ellas y, además, porque las sustentan de su peculio. Las buenas esposas son timoratas, conservan su pudor en ausencia de sus esposos, porque Dios las custodia. En cuanto a aquellas de quienes sospecháis deslealtad, exhortadlas y relegadlas solas en sus lechos; y si persisten, castigadlas, pero si os obedecen no las provoquéis; porque Dios es excelso, grande.[3]
“Y si presumís desacuerdo entre ambos, apelad a un árbitro de la familia de él y otro de la de ella. Si ambos desean reconciliarse, Dios les conciliará; porque Dios es sapientísimo, enterado.[4]

En cuanto a la justicia con las mujeres:
“Te consultarán acerca de la herencia de las mujeres; diles: “Dios os instruye respecto de ellas; asimismo, acerca de lo que se os dicta en el Libro, referente a las mujeres huérfanas a quienes no dotáis lo que les está prescripto, y en cambio ambicionáis desposarlas; y también relativo a los niños desamparados; y os ordena observar equidad para con los pupilos. Mas sabed que de todo el bien que les hagáis, Dios está enterado de ello.[5]

“Si una mujer presumiera vejación o menosprecio de parte de su marido, no serán recriminados, si se reconcilian amigablemente, porque la concordia es lo mejor. Aunque el alma humana sea por naturaleza proclive a la avaricia, si practicáis el bien y teméis a Dios, sabed que Dios está bien enterado de cuanto hacéis.[6]
“Nunca podréis ser equitativos con vuestras mujeres, aunque os empeñéis en ello. Por esta razón no os inclinéis preferentemente a una de ellas, dejando a la otra como si estuviera abandonada; pero si os enmendáis y teméis a Dios, sabed que Dios es indulgentísimo, misericordiosísimo.[7]
“Pero si se separan, Dios enriquecerá a cada cual con su abundancia; porque Dios es munificentísimo, prudente.[8]

Las reglas relacionadas con el ámbito económico tratan sobre todo de las transacciones comerciales, como la venta, los alquileres, los depósitos, los préstamos, etc.. Incluso en este ámbito tan “objetivo” judicialmente, se respira el aire moral coránico, cuando sugiere soluciones generosas y magnánimas, como vemos en esta aleya referente a los préstamos:

“ ¡ Oh, creyentes ! , temed a Dios y abandonad lo que aún os resta de la usura, si sois fieles.[9]
....
“Si vuestro deudor se hallara en situación precaria, concédele moratoria
hasta que pueda satisfaceros la deuda, mas si se la condonáis será preferible para vosotros, si lo sabéis.[10]

“ ¡ Oh, creyentes !, cuando contraigáis una deuda, por un tiempo determinado, documentadla: que un memorialista, en vuestra presencia, lo ponga fielmente por escrito y ningún memorialista se negará a escribir como Dios le ha enseñado; que escriba, sin omitir nada, lo que el deudor le dicte y que tema a Dios, su Señor. Pero si el deudor es un pródigo o un insensato o está incapacitado para dictar, que su curador dicte fielmente por él. Llamad a dos testigos, de entre vuestros hombres, o en su defecto a un hombre y dos mujeres, de las que prefiráis de los testigos, a fin de que, si una de ellas olvidara, la otra se lo recuerde. Que los testigos no se nieguen cuando sean requeridos. No desdeñéis documentar la deuda, sea pequeña o grande, hasta su vencimiento. Este proceder es el más equitativo, a los ojos de Dios, el más válido para el testimonio y el más adecuado para evitar dudas. Salvo que se trate de una atijara de contad, que hagáis de mano a mano, no incurriréis en falta si no lo documentáis. Apelad a testigos cuando merquéis y que el memorialista ni el testigo sean coaccionados, pues si lo hicierais cometeríais un delito. ¡ Temed a Dios, y el os instruirá, porque Dios es omnisapiente ![11]

Derecho Religioso:
Los derechos de oriente no han tenido una evolución sustitutiva, esto significa que no son sustitutos de derechos anteriores, su magia estriba en que tienen la norma legal, la norma religiosa y la norma moral incluidos en un todo homogéneo.
La característica básica del derecho musulmán es que es un derecho de nacimiento. Es un derecho válido para aquellos que con nacimiento son musulmanes. Para los que tienen la tradición islamista de carácter sanguíneo, las personas que son islámicas de por sí lo son por haber nacido de mujeres islámicas y no por nacer de varones islamistas. Por otro lado tenemos que el derecho islámico clásico permite al varón musulmán contraer matrimonio con mujer musulmana o que pertenezca a alguna religión del libro –cristianas y judías fundamentalmente-. A la mujer musulmana, sin embargo, se le impide el matrimonio con cualquier varón que no sea musulmán. La razón principal de tal prohibición para la mujer está en que los hijos e hijas heredan la religión del padre.
El Islam se conoce como un grupo homogéneo e indistinto en el mundo y como un grupo suficientemente identificado, identificable y separado de cualquier otra corriente, eso explica la hegemonía de este sistema. Este derecho parte con la idea pura del nacimiento del Credo Islámico.
Dentro del criterio legal musulmán caben las personas con los tres elementos (ley, religión, moral). El criterio legal musulmán está basado en una instrucción familiar. Las personas atadas por el vínculo sanguíneo musulmán no tienen la posibilidad de elección entre juicios que quieran sufrir en caso de una violación a las leyes.
A manera de conclusión encontramos que el derecho islámico es el vivo ejemplo del pensamiento islámico, se trata de la manifestación del modo de vida musulmán, el núcleo y el fruto del Islam en sí mismo.
El derecho Islámico contiene un fundamento estrictamente religioso, contrariamente ocurre en el derecho occidental inclinado incluso en contra del Derecho Islámico.

[1] Sura 4: 15
[2] Sura 4 : 20
[3] Sura 4 : 34
[4] Sura 4 : 35
[5] Sura 4 : 127
[6] Sura 4 : 128
[7] Sura 4 : 129
[8] Sura 4 : 130
[9] Azora II : 278
[10] Azora II : 280
[11] Azora II : 282
[1] Sura 4 : 11

domingo, 4 de abril de 2010

Mercados y Mercados....


El mercado electoral, constituye uno en el que la oferta está a cargo de los partidos políticos (candidatos), la demanda representada por los ciudadanos votantes.
Estos candidatos que actúan generalmente motivados por intereses egoístas (rentas, poder, prestigio derivado de la función gubernamental), ofertan programas, alternativas, soluciones a los problemas que enfrentan las diferentes circunscripciones del país en los que se encuentran los ciudadanos votantes y que los electores demandan tales como empleo, inflación, inversión etc. Los objetivos de los oferentes del mercado electoral es ganar una elección municipal, regional y/o presidencial.

Este mercado como otros presenta fallos, no es perfecto. Uno de los fallos constituye la información incompleta de los planes de gobierno que no son conocidos por los votantes. Para corregir este fallo es importante la información; en nuestro país el JNE viene desarrollando talleres sobre “voto informado” en zonas del oriente como Caballococcha, Loreto; asimismo, promueve la trasparencia política, a través, del Infogob que contiene entre otros las hojas de vida de las autoridades, historial partidario y de la localidad, así como otros datos sobre el padrón electoral y las elecciones generales, regionales, municipales. Los votantes necesitan información veraz, oportuna, transparente a efecto de realizar una elección adecuada. Sin embargo, la falta de información está presente, existe el conocimiento imperfecto y lamentablemente, los deseos de los ciudadanos no son conocidos y asumidos en todo su contexto, por aquellos que deben atenderlos, a través, de planes de gobierno serios que estén dispuestos a cumplir los oferentes de este mercado.

¿Qué opinas acerca del mercado electoral 2010 en Perú?
¿Cuál es la oferta más viable?

El Mercado



Podemos definir Mercado como el mecanismo donde interactúan la oferta y la demanda, se establece el precio y la cantidad.
Para Gregory Mankiw
[1], un mercado es “un grupo de compradores y vendedores de un determinado bien o servicio. Los compradores determinan conjuntamente la demanda del productor, y los vendedores la oferta”.
Ronald Coase, Premio Nobel de Economía 1991, fundador del Análisis Económico del Derecho y de la Nueva Economía Institucional, analiza la intervención gubernamental en “El Mercado de los bienes y el Mercado de las Ideas” (referidas a las actividades descritas en la Primera Enmienda
[2]); Coase refiere que el mercado de los bienes se encuentra altamente regulado y es más, la regulación es deseable mientras que en el mercado de las ideas la regulación no es aceptada. Esta no intervención o dejar hacer al estilo de Laissez faire, imponen al gobierno un deber: “la no intervención”.
Nos preguntamos, ¿Qué hacer con las posiciones dominantes a nivel de la prensa, religión en el país?, el mercado de las ideas presenta fallos como cualquier otro mercado.
¿Qué ocurre en paises con una tasa elevada de analfabetismo?
¿Existe verdadera desregulación en el mercado de las ideas?

[1] Mankiw, Gregory: Principios de Economía, Tercera Edición, Mc Graw Hill, Pág. 41
[2] Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica: Enmienda I.-El Congreso no aprobará ninguna ley que se aboque al establecimiento de religión alguna, o que prohíba el libre ejercicio de la misma; o que coarte la libertad de expresión o de prensa; o el derecho del pueblo a reunirse pacíficamente; y a solicitar del Gobierno la reparación de agravio”.

lunes, 29 de marzo de 2010

Bancarización


La bancarización podemos definirla como el acceso, utilización del sistema bancario por parte del público, a través de las diferentes transacciones que se dan en dicho sistema por parte de los agentes económicos; asimismo, la bancarización mide la relación ahorro con el PBI.
La bancarización facilita el sistema de pagos, minimiza el uso de dinero físico, promueve el ahorro y el acceso al crédito. El problema de los bajos niveles de bancarización en nuestro país en comparación con los demás países de la región, son causados entre otras por la pobreza e informalidad, dispersión geográfica de la población, limitada información sobre la disponibilidad de servicios financieros y sobre todo el costo de los mismos.
Según la Asociación de Bancos (ASBANC), la bancarización viene creciendo en los últimos años debido fundamentalmente al dinamismo que reporta la economía del Perú.

El BCR reporta un incremento de los créditos y del ahorro en el sistema financiero; los pagos con tarjetas de crédito se incrementaron.

A la fecha se encuentra en debate el Proyecto de Ley de Protección y Garantía a las Remuneraciones, conocido como “el proyecto de bancarización” que propone que el trabajador podrá elegir libremente el banco donde desea que le depositen su remuneración y otros derechos laborales y que la cuenta de depósito mediante las cuales se paga, en dinero, las remuneraciones no esté sujeta al cobro de mantenimiento o cargos diversos. Asimismo, el proyecto reconoce que las empresas del sistema financiero podrán hacer uso de su derecho de compensación conforme a las leyes de la materia, siempre y cuando al momento del otorgamiento del crédito el trabajador haya autorizado expresamente la compensación al momento de suscribir el crédito.

Un aspecto muy importante de este proyecto es sin duda la formalización y transparencia en el pago oportuno de las remuneraciones a favor de los trabajadores.

Por otro lado, en nuestro país el sistema bancario todavía constituye un tipo de mercado oligopolio en el que la oferta de crédito se concentra en pocos bancos que manejan el precio del dinero que es la tasa de interés.

En este sentido si al trabajador le interesa acceder a un crédito no le quedará más remedio que autorizar expresamente la compensación conforme se encuentra regulado en la Ley Nº 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros artículo 132 “formas de atenuar los riesgos para el ahorrista” que en aplicación del artículo 87 de la Constitución Política del Perú, establece el derecho de la empresa a la compensación entre sus acreencias y los activos del deudor que mantenga en su poder, hasta el monto de aquellas, lo que se encuentra descrito en el inciso 11 del artículo referido, dejando a salvo los denominados activos intangibles.

En un modelo de economía social de mercado, las decisiones a cargo de los agentes económicos se toman libremente, espontáneamente; la bancarización, debe realizarse de manera espontánea, a través de educación, cultura financiera, información y protección al usuario y cliente financiero, mejores precios, más cajeros, agencias.



lunes, 22 de marzo de 2010

Todas las cosas me son lícitas, mas no todas convienen; todas las cosas me son lícitas, mas yo no me dejaré dominar de ninguna !


La normativa que regula diversos aspectos relacionados con los productos del tabaco, constituye la Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco” Ley Nº 28705; también tenemos el Reglamento que fue aprobado por el D. S. 015-2008-SA.

El mercado formal en el Perú alcanzó su punto más alto en el año 1982. Ese año se vendieron aproximadamente 180 millones de cajetillas de 20 unidades con un volumen de contrabando inferior al 10% del mercado total.

A fines del 2006, el mercado formal de cigarrillos en todo el país, alcanzó aproximadamente las 151.25 millones de cajetillas de 20 unidades y, durante el año 2007, se vendieron más de 2,200 millones de cigarros.

A nivel mundial tenemos las siguientes multinacionales: la norteamericana Philip Morris (PM) emplea a más de 80,000 trabajadores en todo el mundo; Grupo British American Tobacco (BAT) y Japan tobacco. Además tenemos Imperial Tobacco, R. J. Reynolds, el grupo surafricano Rupert/ Rembrandt/ Rothmans Group, American Brands y Gulf and Western.

En el Perú las importadoras de cigarrillos más importantes constituyen British American Tobacco (BAT) y Philip Morris (PM), las que vienen asumiendo el pago del impuesto selectivo al consumo en una tasa de 30%, sin embargo, en países como Chile se encuentran gravados por tasas de más de 60%.

Temas como estos nos lleva a reflexionar sobre la necesidad de la intervención de los poderes públicos para evitar la ineficiencia producida por los fallos del mercado como es el caso de una externalidad negativa ocasionada por el consumo de cigarrillos que afecta la salud de los demás; en este sentido las decisiones de consumo de un agente estaría afectando a terceros. Así, la forma que tiene el Estado de internalizar la externalidad es a través de los denominados impuestos pigouvianos que buscan corregirla, los que no pueden ser excesivos, pues se generarían otro tipo de problemas como incentivar la evasión, elevados precios derivados de impuestos elevados que derivarían probablemente en que los consumidores de cigarrillos de estrato socio económico bajo tengan que consumir cigarrillos de muy baja calidad que afectarian su salud.

La asimetría de información, constituye otra falla del mercado de especial relevancia;sin embargo, el texto sustitutorio de los Proyectos de Ley Nºs 2996 y 3008; Ley que modifica la Ley 28705, Ley General para la prevención y control de los riesgos del consumo del tabaco, para adecuarse al Convenio Marco de la OMS para el control del tabaco, establece en su artículo cuarto de la obligatoriedad de un anuncio "Está prohibido fumar en lugares públicos por ser dañino para la salud" "ambiente 100% libre de humo de tabaco", en el artículo siete dispone que las cajetillas de cigarrillos y en general toda clse de empaque o envoltura de productos de tabaco deben llevar impreso en un 50% de cada una de sus caras principales, frases e imágenes de advertencia sobre el daño a la salud que produce el fumar, así como la frase "prohibida su venta a menores de 18 años".

En nuestro país se viene debatiendo el PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY 28705 , LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS RIESGOS DEL CONSUMO DEL TABACO el mismo que propone proteger de la exposición al humo de tabaco, y mejorar las advertencias sobre el daño a la salud que produce el fumar, en cumplimiento al Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el control del Tabaco al cual se encuentran adheridos 168 países entre ellos el Perú.
Se propone un ambiente 100% libre de humo de tabaco; el consumidor está cada vez más informado (artículo 65 de la Constitución) de que el cigarrillo hace daño a su salud.


http://peru21.pe/noticia/398309/gobierno-plantea-suprimir-publicidad-cigarrillas-medios
http://peru21.pe/noticia/452094/cada-100-fumadores-mundo-30-son-chinos

domingo, 21 de marzo de 2010

Ester: Capítulo 2

Características de Ester: joven virgen de hermosa figura y de buen parecer, su nombre era Hadasa, es decir, Ester, huérfana, su padre adoptivo fue Mardoqueo; una característica de Ester es la obediencia que le guarda a las instrucciones que le había hecho Mardoqueo y Hegai.

Ester fue llevada a la casa del rey, al cuidado de Hegai guarda de las mujeres y; la doncella agradó a sus ojos, y halló gracia delante de él, por lo que hizo darle prontamente atavíos y alimentos, y le dio también siete doncellas especiales de la casa del rey.
Relata la Biblia que cuando le llegó a Ester el tiempo de venir al rey, ninguna cosa procuró sino lo que dijo Hegai eunuco del rey, guarda de las mujeres; y ganaba Ester el favor de todos los que la veían.
Cuando Ester fue llevada al rey Asuero a su casa real, dice la Biblia que el rey amó a Ester más que a todas las otras mujeres, y halló ella gracia y benevolencia delante de él más que todas las demás vírgenes; y puso la corona real en su cabeza, y la hizo reina en lugar de Vasti. Hizo luego el rey un gran banquete a todos sus príncipes y siervos, el banquete de Ester; y disminuyó tributos a las provincias, e hizo y dio mercedes conforme a la generosidad real.
Uno de los temas principales en esta porción bíblica es la GRACIA (amor, bondad, compasión, favor), es evidente la Gracia que Dios le dio a Ester y como dice el libro de los Prov. en el capítulo 3 versículos 3 y 4
"Nunca se aparten de ti la misericordia y la verdad;
Átalas a tu cuello, Escríbelas en la tabla de tu corazón;
Y hallarás gracia y buena opinión Ante los ojos de Dios y de los hombres".
Dios le dió a Ester Gracia delante de El pero también delante de los hombres. Todos necesitamos ese respaldo sobrenatural departe de Dios, esa Gracia, delante de Dios para ser salvos y útiles en los propósitos y planes de Dios; así como, delante de los hombres, en las relaciones con nuestro prójimo. Otro aspecto importante que presenta Ester es la obediencia, a Mardoqueo y también a Egai eunuco del rey; asimismo, es importante resaltar la gran influencia de una mujer en la vida del monarca, fue positiva y de mucha bendición para el pueblo.
La Gracia viene de Dios, como dice el Salmo 85: 11 "Porque sol y escudo es Jehová Dios; Gracia y gloria dará Jehová. No quitará el bien a los que andan en integridad."

Necesitamos de la Gracia de Dios!!!
Espero que esta meditación sea de utilidad para su vida personal!